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De hecho, ya desde el siglo XIX, surgieron las nociones de de derechos sociales y económicos, promovidas principalmente por el movimiento obrero y parte fundamental del discurso de la izquierda política. Ambos contribuyeron a dar una dimensión colectiva a ciertos derechos considerados fundamentales en toda sociedad democrática, hasta influir de manera determinante en diversas legislaciones internacionales y constituciones estatales consideradas de orientación social. También el movimiento feminista ha contribuido de modo influyente a la promoción de determinados derechos de las mujeres, tanto en su dimensión individual y colectiva.
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Porto Alegre 10 años.
“Derechos y responsabilidades colectivas”
Carles Riera
Barcelona, diciembre 2009.
1. Contexto.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos fue concebida como un instrumento de defensa de la dignidad humana frente a los abusos de los Estados. Ésto fue así desde la Declaración de los derechos de los ciudadanos de 1789 en la Francia revolucionaria, hasta la Declaración de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas de 1948. En todos estos casos los derechos politicos individuales fueron los que ocuparon una mayor importancia. Hay que tener en cuenta, además, que progresivamente los Derechos Humanos ya no se han limitado a ser tan solo un instrumento o herramienta de defensa de la dignidad humana, sino que han devenido un instrumento de construcción social de la Humanidad, que definen las bases mínimas para la existencia de una sociedad justa y democrática.
A pesar del hecho que en su definición los derechos humanos tienen una orientación claramente individual, es decir, conciben que el sujeto de tales derechos es el individuo y que sus premisas parten de una concepción individualizante de la ciudadanía, cabe preguntarse igualmente por su dimensión colectiva, social, relacional. De hecho, ya desde el siglo XIX, surgieron las nociones de de derechos sociales y económicos, promovidas principalmente por el movimiento obrero y parte fundamental del discurso de la izquierda política. Ambos contribuyeron a dar una dimensión colectiva a ciertos derechos considerados fundamentales en toda sociedad democrática, hasta influir de manera determinante en diversas legislaciones internacionales y constituciones estatales consideradas de orientación social. También el movimiento feminista ha contribuido de modo influyente a la promoción de determinados derechos de las mujeres, tanto en su dimensión individual y colectiva.
A pesar del hecho que en su definición los derechos humanos tienen una orientación claramente individual, es decir, conciben que el sujeto de tales derechos es el individuo y que sus premisas parten de una concepción individualizante de la ciudadanía, cabe preguntarse igualmente por su dimensión colectiva, social, relacional. De hecho, ya desde el siglo XIX, surgieron las nociones de de derechos sociales y económicos, promovidas principalmente por el movimiento obrero y parte fundamental del discurso de la izquierda política. Ambos contribuyeron a dar una dimensión colectiva a ciertos derechos considerados fundamentales en toda sociedad democrática, hasta influir de manera determinante en diversas legislaciones internacionales y constituciones estatales consideradas de orientación social. También el movimiento feminista ha contribuido de modo influyente a la promoción de determinados derechos de las mujeres, tanto en su dimensión individual y colectiva.
En este sentido hay que destacar la aportación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ONU, ratificados en 1988), Los derechos sociales son los que humanizan a los individuos, sus relaciones y el entorno en el que se desarrollan. Son garantías de la igualdad y la libertad reales, pues la libertad no es posible si es imposible ejercerla por las condiciones materiales de existencia.
Enumerándolos, los derechos sociales serían: el derecho a un empleo y a un salario, a la protección social en casos de necesidad (jubilación, seguridad social, desempleo, bajas laborales por enfermedad, maternidad o paternidad, accidentes laborales), a una vivienda, a la educación, a la sanidad, a un medio ambiente saludable, al acceso a la cultura y a todos los ámbitos de la vida pública. También es fundamental la referencia a los Pactos Internacionales de Derechos Humanos de 1966 (Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y Pacto Internacional de Derechos Económicos, sociales y Culturales)
Por otra parte, la reciente Declaración de NNUU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, viene a establecer y consolidar el fruto de una largo proceso de debate internacional, iniciado con el reconocimiento del derecho a la autodeterminación de los pueblos, en el marco de la etapa de descolonizaciones en el siglo XX, que reconoce a aquellos pueblos un conjunto de derechos en tanto que colectivos: a la tierra, ambientales, a la lengua, a la cultura, a la identidad, y a las formas propias de organización social y política.
De todos modos, el debate actual avanza en función de considerar complementarios y no opuestos, los derechos individuales y los colectivos, considerando los Derechos Humanos como un aporte fundamental que, en todo caso debe ser enriquecido con los derechos sociales y colectivos, haciendo mas compleja pero también mas rica su interpretación en cada contexto
2. Más allá de una concepción individual de los Derechos Humanos.
Enumerándolos, los derechos sociales serían: el derecho a un empleo y a un salario, a la protección social en casos de necesidad (jubilación, seguridad social, desempleo, bajas laborales por enfermedad, maternidad o paternidad, accidentes laborales), a una vivienda, a la educación, a la sanidad, a un medio ambiente saludable, al acceso a la cultura y a todos los ámbitos de la vida pública. También es fundamental la referencia a los Pactos Internacionales de Derechos Humanos de 1966 (Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y Pacto Internacional de Derechos Económicos, sociales y Culturales)
Por otra parte, la reciente Declaración de NNUU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, viene a establecer y consolidar el fruto de una largo proceso de debate internacional, iniciado con el reconocimiento del derecho a la autodeterminación de los pueblos, en el marco de la etapa de descolonizaciones en el siglo XX, que reconoce a aquellos pueblos un conjunto de derechos en tanto que colectivos: a la tierra, ambientales, a la lengua, a la cultura, a la identidad, y a las formas propias de organización social y política.
De todos modos, el debate actual avanza en función de considerar complementarios y no opuestos, los derechos individuales y los colectivos, considerando los Derechos Humanos como un aporte fundamental que, en todo caso debe ser enriquecido con los derechos sociales y colectivos, haciendo mas compleja pero también mas rica su interpretación en cada contexto
2. Más allá de una concepción individual de los Derechos Humanos.
La noción individualizante de los Derechos Humanos, basada en la concepción liberal de la ciudadanía, a su vez fundamentada en los ideales europeos de la Ilustración y de la Modernidad, ha sido y es cuestionada y discutida, principalmente, des de tres enfoques que la confrontan: el de la noción colectiva de la ciudadanía, el de la crítica intercultural de los derechos y el de la nocion de pueblos y naciones sin estado.
a) Noción colectiva de ciudadanía
En cuanto a la noción colectiva de ciudadanía, esta propone que la ciudadanía es una construcción social, política, que solo puede ser pensada y materializada en relación, en función del pleno ejercicio de los derechos individuales, sociales y colectivos, en el contexto de la pertenencia inclusiva a una sociedad concreta. Esta perspectiva crítica ha sido desarrollada principalmente por los movimientos sociales y grupos de izquierda innovadores, en un intento de superar una concepción fundamentalmente liberal de los derechos humanos.
b) Crítica intercultural
En cuanto a la crítica intercultural, ésta plantea que los derechos, y los deberes, no pueden ser objeto de una única lectura e interpretación, puesto que no son solo fruto de una supuesta racionalidad única y universal, sino también de la imposición violenta de la cultura hegemónica occidental y de sus intereses. Desde esta óptica no cabe un modelo único y homogéneo de derechos y deberes, sino una concertación de éstos, fruto de un debate democrático que respete la diversidad de culturas y tradiciones y su proceso de actualización. Según este enfoque, la dinámica fundamental que caracteriza a cada sociedad en un momento concreto viene dada por la tensión dialéctica entre derechos individuales y colectivos. Algunas de estas visiones, cuestionan incluso la validez universal y dogmática del paradigma de la Ilustración y de la Modernidad Occidental, reduciéndolo a una contribución, que, como otras provenientes de otras fuentes civilizatorias, debe ser digerido y transformado, dialécticamente, con los aportes de otras tradiciones, también en revolución.
Esta crítica intercultural ha sido planteada principalmente desde los pueblos originarios de distintas partes del mundo.
c) Perspectiva de los pueblos y naciones sin estado
Otro aporte, tal vez mas reciente pero no menos relevante, proviene de los llamados pueblos y naciones sin estado. Éste, de matriz principalmente europea, hace referencia a aquellos pueblos o naciones que no han visto todavía plenamente alcanzado su proceso de descolonización y no disponen, por tanto, de plena soberanía política, así como a aquellos pueblos o naciones cuya nacionalidad y cuyos derechos colectivos, incluido el de autodeterminación, han quedado eliminados o limitados en el proceso de construcción de un estado nacional que los ha incorporado violentamente.
Dicho aporte confirma la dimensión colectiva de los derechos, en este caso, en relación a los pueblos y naciones que no disponen libremente de su plena soberanía política. Aquí hablamos de derechos a: la territorialidad, la lengua, la cultura y a la autodeterminación, principalmente. Es lo que llamamos los derechos colectivos de los pueblos.
a) Noción colectiva de ciudadanía
En cuanto a la noción colectiva de ciudadanía, esta propone que la ciudadanía es una construcción social, política, que solo puede ser pensada y materializada en relación, en función del pleno ejercicio de los derechos individuales, sociales y colectivos, en el contexto de la pertenencia inclusiva a una sociedad concreta. Esta perspectiva crítica ha sido desarrollada principalmente por los movimientos sociales y grupos de izquierda innovadores, en un intento de superar una concepción fundamentalmente liberal de los derechos humanos.
b) Crítica intercultural
En cuanto a la crítica intercultural, ésta plantea que los derechos, y los deberes, no pueden ser objeto de una única lectura e interpretación, puesto que no son solo fruto de una supuesta racionalidad única y universal, sino también de la imposición violenta de la cultura hegemónica occidental y de sus intereses. Desde esta óptica no cabe un modelo único y homogéneo de derechos y deberes, sino una concertación de éstos, fruto de un debate democrático que respete la diversidad de culturas y tradiciones y su proceso de actualización. Según este enfoque, la dinámica fundamental que caracteriza a cada sociedad en un momento concreto viene dada por la tensión dialéctica entre derechos individuales y colectivos. Algunas de estas visiones, cuestionan incluso la validez universal y dogmática del paradigma de la Ilustración y de la Modernidad Occidental, reduciéndolo a una contribución, que, como otras provenientes de otras fuentes civilizatorias, debe ser digerido y transformado, dialécticamente, con los aportes de otras tradiciones, también en revolución.
Esta crítica intercultural ha sido planteada principalmente desde los pueblos originarios de distintas partes del mundo.
c) Perspectiva de los pueblos y naciones sin estado
Otro aporte, tal vez mas reciente pero no menos relevante, proviene de los llamados pueblos y naciones sin estado. Éste, de matriz principalmente europea, hace referencia a aquellos pueblos o naciones que no han visto todavía plenamente alcanzado su proceso de descolonización y no disponen, por tanto, de plena soberanía política, así como a aquellos pueblos o naciones cuya nacionalidad y cuyos derechos colectivos, incluido el de autodeterminación, han quedado eliminados o limitados en el proceso de construcción de un estado nacional que los ha incorporado violentamente.
Dicho aporte confirma la dimensión colectiva de los derechos, en este caso, en relación a los pueblos y naciones que no disponen libremente de su plena soberanía política. Aquí hablamos de derechos a: la territorialidad, la lengua, la cultura y a la autodeterminación, principalmente. Es lo que llamamos los derechos colectivos de los pueblos.
En relación a estos es oportuno constatar dos hechos que son muy ilustrativos. Si observamos el mapa de los conflictos políticos violentos del mundo, detectamos que en gran parte están relacionados con la pugna entre estados nacionales y territorios incorporados u ocupados violentamente por estos, cuyos pueblos luchan por recuperar su territorialidad y su autodeterminación. Es decir, se trata, mayormente, de conflictos relacionados con la conculcación de derechos colectivos. La otra constatación corresponde a la relación estrecha y directamente proporcional entre la conculcación de los derechos colectivos de un pueblo y la vulneración de los derechos individuales y sociales de sus miembros (derechos humanos, políticos, económicos, lingüísticos y culturales), bajo la razón de estado.
3. Mas allá del Estado-Nación clásico.
Tales experiencias contribuyen, como ya vienen también haciendo los pueblos originarios, a cuestionar al Estado Nación, creado en Occidente e impuesto después al resto del mundo mediante el colonialismo, como supuesto mejor garante de la democracia y como forma ideal de organización política de la sociedad. Esta visión critica del Estado Nacional reclama la atención sobre algunos hechos relevantes: la génesis violenta de la mayoría de los Estados Nacionales, la gran cantidad de conflictos internacionales ligados a las luchas territoriales y económicas entre las elites dominantes de dichos Estados Nacionales dada su vocación expansiva, la alta frecuencia y densidad de conflictos en el planeta relacionada con la imposición violenta de fronteras por parte de los Estados Nacionales, la gran dificultad de alcanzar una gobernanza mundial democrática por causa del nacionalismo y del corporativismo de los Estados Nacionales.
3. Mas allá del Estado-Nación clásico.
Tales experiencias contribuyen, como ya vienen también haciendo los pueblos originarios, a cuestionar al Estado Nación, creado en Occidente e impuesto después al resto del mundo mediante el colonialismo, como supuesto mejor garante de la democracia y como forma ideal de organización política de la sociedad. Esta visión critica del Estado Nacional reclama la atención sobre algunos hechos relevantes: la génesis violenta de la mayoría de los Estados Nacionales, la gran cantidad de conflictos internacionales ligados a las luchas territoriales y económicas entre las elites dominantes de dichos Estados Nacionales dada su vocación expansiva, la alta frecuencia y densidad de conflictos en el planeta relacionada con la imposición violenta de fronteras por parte de los Estados Nacionales, la gran dificultad de alcanzar una gobernanza mundial democrática por causa del nacionalismo y del corporativismo de los Estados Nacionales.
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Todo ello permite, al menos, poner en duda al Estado Nacional, como hoy le conocemos, como buen garante de los derechos humanos individuales, sociales y colectivos, y como mediación valida para construir una gobernanza mundial democrática. Otra cuestión es como rescatar los progresos que algunos Estados Nacionales han alcanzado en materia de derechos y democracia, así como el valor de las políticas publicas y del espacio publico. Sin embargo, cabe también preguntarse en que medida dichos logros son consecuencia directa y necesaria del Estado Nacional en si mismo, o mayormente, de determinados movimientos sociales y proyectos políticos que en determinados contextos históricos han luchado por su transformación.
4. Derechos y deberes colectivos en un mundo interdependiente.
En efecto, no es ya posible que una comunidad, sea cual sea su magnitud y alcance, se autodefina y autodetermine en función solamente de si misma. La realidad de un mundo cada vez más interdependiente y la responsabilidad colectiva respecto a necesidades y retos a escala de humanidad y planetaria, exigen una articulación dinámica entre autodeterminación y responsabilidad global.
Dimensiones y ámbitos como el ambiental, la economía, la paz y la guerra, la gobernanza mundial, los derechos, el agua, la energía, el aire, las comunicaciones, las migraciones, la alimentación y la salud, entre otros, requieren de compromisos, concertaciones, reciprocidades, solidaridades y responsabilidades compartidas, des de la escala local a la planetaria. La condición para ello es que esta articulación se haga des de el reconocimiento de la diversidad, des del respeto a todos los niveles de los derechos y des de una lógica democrática
Un intenso, dialéctico y continuado proceso de conflicto y concertación entre dinámicas de autodeterminación y compromiso, esta, pues, en la base de la construcción de nuevas experiencias y espacios de democracia a escala internacional.
Tal acento en la construcción de escenarios de cooperación más amplios y en la necesidad de la gobernanza mundial democrática, obedece a la necesidad de asociar derechos colectivos a responsabilidades colectivas, tanto en el plano social, como en el político y económico, siendo este un reto ineludible en la actual etapa de globalización.
5. Alianza entre pueblos originarios, naciones sin estado y movimientos sociales.
En todo caso, los pueblos originarios y las naciones sin Estado, así como renovados discursos libertarios presentes en distintos movimientos sociales, con su reivindicación de los derechos colectivos y con su cuestionamiento de los actuales Estados Nacionales y sus fronteras impuestas, plantean alternativas y oportunidades para articular sustantivamente derechos individuales, sociales, colectivos, radicalidad democrática, políticas publicas, diversidad y gobernanza, en un nuevo escenario internacional post estatista y post capitalista.
Dichos planteamientos alcanzan desde superación de los estados hacia nuevas formas de organización política de la sociedad, hasta la creación de nuevos estados articulados en federalismos o confederalismos mas amplios basados en el principio de subsidiariedad, a la transformación en estados plurinacionales y pluriculturales.
En el FSM de Belem, una alianza entre el movimiento indio, los pueblos y naciones sin estado y diversos movimientos sociales, promovió un debate de gran riqueza sobre el tema “Crisis de civilización y paradigmas alternativos”, abriendo un diálogo de larga duración y profundo alcance, que plantea la crisis como no meramente económica, sino también y principalmente política, social y cultural, de modelo civilizatorio, de paradigma, cuestionando, entre otros elementos, las ideas de desarrollo, de individualismo y de estado nacional que forman parte del modelo de civilización dominante e impuesto en todo el planeta. Este debate invita de nuevo a actualizar, como condición para la construcción de nuevos paradigmas, las ideas de los derechos y de las libertades colectivas y sus consecuencias.
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4. Derechos y deberes colectivos en un mundo interdependiente.
En efecto, no es ya posible que una comunidad, sea cual sea su magnitud y alcance, se autodefina y autodetermine en función solamente de si misma. La realidad de un mundo cada vez más interdependiente y la responsabilidad colectiva respecto a necesidades y retos a escala de humanidad y planetaria, exigen una articulación dinámica entre autodeterminación y responsabilidad global.
Dimensiones y ámbitos como el ambiental, la economía, la paz y la guerra, la gobernanza mundial, los derechos, el agua, la energía, el aire, las comunicaciones, las migraciones, la alimentación y la salud, entre otros, requieren de compromisos, concertaciones, reciprocidades, solidaridades y responsabilidades compartidas, des de la escala local a la planetaria. La condición para ello es que esta articulación se haga des de el reconocimiento de la diversidad, des del respeto a todos los niveles de los derechos y des de una lógica democrática
Un intenso, dialéctico y continuado proceso de conflicto y concertación entre dinámicas de autodeterminación y compromiso, esta, pues, en la base de la construcción de nuevas experiencias y espacios de democracia a escala internacional.
Tal acento en la construcción de escenarios de cooperación más amplios y en la necesidad de la gobernanza mundial democrática, obedece a la necesidad de asociar derechos colectivos a responsabilidades colectivas, tanto en el plano social, como en el político y económico, siendo este un reto ineludible en la actual etapa de globalización.
5. Alianza entre pueblos originarios, naciones sin estado y movimientos sociales.
En todo caso, los pueblos originarios y las naciones sin Estado, así como renovados discursos libertarios presentes en distintos movimientos sociales, con su reivindicación de los derechos colectivos y con su cuestionamiento de los actuales Estados Nacionales y sus fronteras impuestas, plantean alternativas y oportunidades para articular sustantivamente derechos individuales, sociales, colectivos, radicalidad democrática, políticas publicas, diversidad y gobernanza, en un nuevo escenario internacional post estatista y post capitalista.
Dichos planteamientos alcanzan desde superación de los estados hacia nuevas formas de organización política de la sociedad, hasta la creación de nuevos estados articulados en federalismos o confederalismos mas amplios basados en el principio de subsidiariedad, a la transformación en estados plurinacionales y pluriculturales.
En el FSM de Belem, una alianza entre el movimiento indio, los pueblos y naciones sin estado y diversos movimientos sociales, promovió un debate de gran riqueza sobre el tema “Crisis de civilización y paradigmas alternativos”, abriendo un diálogo de larga duración y profundo alcance, que plantea la crisis como no meramente económica, sino también y principalmente política, social y cultural, de modelo civilizatorio, de paradigma, cuestionando, entre otros elementos, las ideas de desarrollo, de individualismo y de estado nacional que forman parte del modelo de civilización dominante e impuesto en todo el planeta. Este debate invita de nuevo a actualizar, como condición para la construcción de nuevos paradigmas, las ideas de los derechos y de las libertades colectivas y sus consecuencias.
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