La existencia de una fuerte institucionalidad ambiental independiente, autónoma, que asuma su real rectoría, con presupuestos adecuados, equipo logístico y recursos humanos independientes, son aspectos indispensables para dar un mensaje claro a la ciudadanía, en la búsqueda de medidas que garanticen un desarrollo económico con sostenibilidad ambiental, respetando los derechos de las poblaciones a vivir en un medio ambiente sano y al acceso a sus recursos hídricos, y con ello también los derechos de las generaciones futuras, a su subsistencia y su desarrollo integral. Tenemos ahora la oportunidad de ser uno de los pocos (sino únicos) países que tenga incorporado en su derecho interno a través de un sistema legal y reglamentario el derecho a la consulta del Convenio 169 de la OIT. Consideramos, que es un proceso histórico, que realizado de manera auténticamente participativa y representativa de los pueblos indígenas, podrá constituirse en una herramienta útil para la prevención, atención, y transformación de los conflictos socio-ambientales en nuestro país.
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"CONGA": Vigilancia Ambiental y Social para un Desarrollo Sostenible.
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Por Giselle Salazar Blanco.
“Bajo la Lupa”. Sábado 3 de diciembre del 2011.
Hemos visto en los últimos días, las reacciones que ha ocasionado la posible implementación del Proyecto minero Conga en Cajamarca. El Defensor del Pueblo encargado, ya ha recomendado el inmediato inicio de un espacio de diálogo donde se expongan, con argumentos técnicos, los alcances del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto de la empresa Yanacocha. ¿Estamos ante un tema estrictamente técnico-ambiental o político?
Y es que la garantía y respeto al medio ambiente y a los recursos hídricos, en el actual contexto, no puede distanciarse ni divorciarse del desarrollo económico. Así, el mismo Banco Mundial, ha resaltado en varias oportunidades la importancia de implementar garantías ambientales en los proyectos de inversión, y para el caso peruano, inclusive ha reconocido que las políticas y normas ambientales han estado debilitadas.
Temas como las efectividad de sistemas reales de EAE (Evaluación Ambiental Estratégica) para programas, políticas y proyectos, la ruptura del enfoque transectorial en el otorgamiento de EIAs, la incorporación de sistemas de participación ciudadana bajo los reales principios de la consulta previa libre e informada, la desprivatización de la presentación de los EIAs, el control y supervisión de las consultoras ambientales; siguen siendo temas de preocupación, no sólo para las poblaciones afectadas por el impacto de los proyectos de inversión de naturaleza extractiva, sino por toda la sociedad en general, y debería entenderse así.
La existencia de una fuerte institucionalidad ambiental independiente, autónoma, que asuma su real rectoría, con presupuestos adecuados, equipo logístico y recursos humanos independientes, son aspectos indispensables para dar un mensaje claro a la ciudadanía, en la búsqueda de medidas que garanticen un desarrollo económico con sostenibilidad ambiental, respetando los derechos de las poblaciones a vivir en un medio ambiente sano y al acceso a sus recursos hídricos, y con ello también los derechos de las generaciones futuras, a su subsistencia y su desarrollo integral.
Tenemos ahora la oportunidad de ser uno de los pocos (sino únicos) países que tenga incorporado en su derecho interno a través de un sistema legal y reglamentario el derecho a la consulta del Convenio 169 de la OIT. Consideramos, que es un proceso histórico, que realizado de manera auténticamente participativa y representativa de los pueblos indígenas, podrá constituirse en una herramienta útil para la prevención, atención, y transformación de los conflictos socioambientales en nuestro país.
Otros países de Latinoamérica no han logrado consenso para su regulación, prefiriendo inclusive, tener la garantía de que ninguna ley recortaría el espíritu del Convenio 169 y de otros instrumentos internacionales, tenemos la buena fe de que este no será nuestro caso, por ello la importancia en la vigilancia de los procesos participativos que se encuentra impulsando el Vice Ministerio de Interculturalidad.
Y es que es necesario conocer, que los derechos humanos colectivos, en este caso la consulta, en instancias regionales OEA (Comisión y Corte Interamericana) se ha venido desarrollando bajo la aplicación del principio de progresividad de los derechos e interpretación “pro homine” (a favor del hombre), es decir garantizando la interpretación amplia de los derechos de los pueblos indígenas ante situaciones y condiciones que perjudican directa y gravemente la subsistencia de las poblaciones indígenas y el medio ambiente (caso del pueblo Saramaka vs. Surinam).
Esperemos que este proceso de construcción normativa garantice la participación de las organizaciones representativas y que sea producto del consenso para bien de toda la sociedad en general.
Los posibles conflictos que podría desatar el proyecto Conga, amerita, como hemos dicho en otras oportunidades, que desde la sociedad civil tengamos una actitud proactiva y vigilante para el respeto y garantía de los derechos colectivos de las poblaciones actuales y de las generaciones futuras, al desarrollo sostenible.
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