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A su vez, la Convención crea la
Defensoría de la Naturaleza como un organismo autónomo cuyo objetivo es la
protección y promoción de los derechos de la naturaleza y de los derechos ambientales. Este organismo estará a cargo de una defensora o un defensor de la naturaleza designada/o a
partir de una terna elaborada por organizaciones
ambientales de la sociedad civil y elegida/o
por mayoría en sesión conjunta del Congreso de Diputadas y Diputados y la
Cámara de las Regiones.
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CHILE
REIVINDICA LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA EN SU NUEVA CONSTITUCIÓN.
El
texto de la nueva Constitución será sometido a plebiscito el 4 de septiembre
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Por María Valeria Berros | 18/07/2022 | Chile, Ecología social
Fuente
Rebelión lunes 18 de julio del 2022.
«La naturaleza tiene derechos. El Estado
y la sociedad tienen el deber de protegerlos y respetarlos», señala el texto
consensuado por la Convención Constituyente de Chile
para la nueva Constitución. Es un salto cualitativo en materia de
derechos y sigue los pasos de Ecuador y Bolivia.
El 4 de septiembre será la votación para ratificar la nueva Carta Magna.
La imagen dio la vuelta al mundo en
2019: la protesta
social en Chile ganaba terreno y cientos de miles
de personas se manifestaban en el país contra las injusticias vigentes. Una decena
de personas trepadas al Monumento al
General Baquedano, banderas chilenas y la mapuche, humo y el sol del
atardecer. Una demanda recurrente de
esas movilizaciones era redactar una nueva Constitución Nacional. Si lo
vemos hoy en retrospectiva, tal vez esa fotografía puede convertirse en un elemento para comprender cómo Chile
está generando un nuevo avance latinoamericano
en la ampliación de derechos: el texto de la Convención Constituyente afirma
que «la naturaleza tiene derechos».
Esa
fotografía también se puede convertir en una hermosa escena para mostrar cómo,
entre las múltiples reivindicaciones que se sostuvieron en meses de
manifestaciones, aparecen los pueblos indígenas. Esto último no es menor para
reflexionar sobre los derechos de la naturaleza considerando cuán importante ha
sido la cosmovisión y movilización de
indígena en articulación con otros actores, como el
movimiento ecologista e, incluso, organizaciones no gubernamentales, expertos y
expertas en el tema a la hora de reconocer los derechos de la naturaleza en
nuestra región.
Así fueron las experiencias tanto de la Constitución de Ecuador de 2008, que incorpora los derechos de la Pachamama,y de las dos leyes bolivianas que reconocen de modo explícito los derechos de la Madre Tierra en 2010 y 2012, poco tiempo después de la aprobación de la Constitución del Estado Plurinacional de Bolivia en 2009. En ambos casos se puede identificar la articulación de este reconocimiento con propuestas más amplias que involucran variados aspectos de la vida: el Buen Vivir, el Vivir Bien, planteados como horizontes alternativos al capitalismo global.
Si bien se trata de conceptos con
significados en permanente disputa, es cierto que difícilmente serían pensables sin
el aporte de las maneras de ser y estar
en el mundo muy nutridas de la vinculación con los territorios y con la
diversidad de seres con quienes convivimos. Estas propuestas contienen una dimensión ecológica: al reconocimiento
del derecho a un ambiente sano se agrega el reconocimiento de la naturaleza como sujeto de derecho.
Así, estas experiencias fueron inspirando a otras en la región —existe un
importante número de normas locales,
proyectos de ley y decisiones judiciales
en América Latina— y también conviven con
procesos en sintonía a miles de kilómetros
de distancia como sucede, por ejemplo, en Nueva Zelanda
e India, entre otros.
En abril de este año se delineó un paso
fundamental para esta ampliación de derechos en la nueva Constitución de Chile.
El texto de la Convención Constituyente sostiene:
“Artículo 127. 1- La naturaleza tiene derechos. El
Estado y la sociedad tienen el deber de protegerlos y respetarlos;
2- El Estado debe adoptar una administración
ecológicamente responsable y promover la educación ambiental y científica
mediante procesos de formación y aprendizaje permanentes”.
A su vez, la Convención crea la
Defensoría de la Naturaleza como un organismo autónomo cuyo objetivo es la
protección y promoción de los derechos de la naturaleza y de los derechos ambientales. Este organismo estará a cargo de una defensora o un defensor de la naturaleza designada/o a
partir de una terna elaborada por organizaciones
ambientales de la sociedad civil y elegida/o
por mayoría en sesión conjunta del Congreso de Diputadas y Diputados y la
Cámara de las Regiones.
Este nuevo reconocimiento, así como el
diseño constitucional de una defensoría, dan nuevo sustento para
comprender estas innovaciones jurídicas
que van permeando un campo legal más
acostumbrado, tal vez, a pensar, en otros términos. Esto último a partir de sus sólidas bases constitutivas que han
colocado del lado de los sujetos a las personas físicas y a las jurídicas —es
decir, por ejemplo, a las empresas, el propio Estado, las asociaciones civiles y
fundaciones, etc.— y del lado de los objetos a animales,
plantas, ríos, montañas, suelos. Los
replanteos son múltiples. De hecho, este
texto constitucional no sólo se hace eco de este reconocimiento más holista vinculado con la naturaleza, sino que nutre el debate sobre el estatuto jurídico de
los animales. Considera a los animales como sujetos de protección
especial y reconoce “su sentencia y el derecho a vivir
una vida libre de maltrato” (artículo 131).
¿Cómo sigue el proceso chileno? El texto
de la nueva Constitución de Chile aprobado por la Convención Constituyente
será sometido a plebiscito
el 4 de septiembre de 2022 en
elecciones de carácter obligatorio
que, como fue en el caso de Ecuador y de Bolivia, permitirán
a la población pronunciarse por sí o por
no sobre el nuevo pacto constitucional.
De aprobarse, Chile pasará a integrar el
grupo de países que han ampliado derechos reconociendo a la naturaleza
como titular de los mismos y a la
sociedad y el Estado como encargados de proteger y de respetar esos derechos. Si bien parece un punto de
llegada consiste, también, en un nuevo
punto de partida: la siguiente agenda será construir las condiciones para que
eses reconocimiento sea una realidad palpable.
María Valeria Berros.
Profesora de la Universidad Nacional del Litoral – Investigadora del Conicet.
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