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La violencia política contra la mujer está reconocida a nivel internacional como una violación de los derechos
políticos de las mujeres y como uno de los
principales obstáculos a la representación política de las mujeres. Los diferentes informes para
prevenir la violencia contra las mujeres en la política, realizado por las Naciones Unidas tienden a fomentar la toma de
decisiones, de forma plena y efectiva en la vida pública, así como la eliminación de la violencia, para lograr la igualdad
entre los géneros y el empoderamiento de todas
las mujeres y las niñas;
conminan a los perpetradores a rendir cuentas, que se ponga fin a la impunidad
y que los gobiernos, los órganos legislativos y el sector público —incluidos
los órganos judiciales y electorales— promuevan
soluciones institucionales integradas y a largo plazo.
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UN TRASTORNO A LA DEMOCRACIA. El
frenesí de la violencia política.
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Por Carolina
Ibarra.
Fuente.
Página /12 sábado 20 de mayo del 2023.
Se ha tornado normal
y habitual la “violencia
como forma de hacer política", a través de diversas
manifestaciones o discursos que tienen como eje rector el odio, la hostilidad o
el mero hostigamiento; en particular respecto a ciertas figuras de mujeres que participan en la política.
Mientras tanto, existe una extrañeza
proporcionada por el sistema de comunicación, respecto a la violación de
derechos humanos que la violencia política contra
la mujer conlleva; no solo por los dichos discriminatorios sino la afectación a la
dignidad,
ello bajo el velo del discurso político
y plural que sostiene la democracia.
No debería ser un tema que pase desapercibido, por el contrario, a nivel internacional la violencia contra las mujeres en política constituye una de las principales barreras para el acceso y permanencia de las mujeres en espacios de liderazgo, representación y decisión política. Ello tiene su correlato en las múltiples manifestaciones de discriminación y violencia que buscan silenciar y limitar protagonismo político y el cambio fundamental que representan para la distribución y el ejercicio del poder, que aún pretende ser enteramente patriarcal. Recordemos que, en nuestro país, recién en el año 2017 se sancionó la Ley de Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política (Ley 27.412).
Además, este tipo de violencia
se realiza y facilita a través de la tecnología, la información digital, los medios
de comunicación, se desenvuelve
sin ningún control estatal, no existe
restricción alguna a los dichos, manifestaciones
y relatos violentos; lo cual conlleva a que no exista solución jurídica ni sanción alguna; es el poder “permisivo”
que se exterioriza a través de la violencia.
Estas supuestas manifestaciones
de “poder” impuesto a través de la violencia
de género, tiende a quebrar
voluntades, a forzar obediencia, en
búsqueda constante del desgate psicológico, temor, suprimir la libertad de la mujer a desarrollarse en
cualquier ámbito; sin embargo, el “no callar más”, que pretende disciplinar,
permite el reconocimiento de esta nueva
realidad y la necesidad de adaptar
instrumentos jurídicos para responder de manera más efectiva a esta violencia.
No es más que una grave
violación de los derechos humanos que afecta a la diversidad
de las mujeres; es lo que Byung-Chul Hang
denomina la “infocracia”, una fenomenología
de la información, la crisis misma de
ésta, cortoplacista y que no favorece a la democracia; tal es el
caso de las “fake
news”, esto es: una noticia falsa o un fragmento de información descontextualizado
puede ser más efectivo que un argumento
bien fundado; generalmente son discursos
cargados de odio
y violencia que distorsionan el debate político.
El discurso de odio está claramente vinculado a la violencia política y al régimen de la información, toda vez que se ha dirigido específicamente
a la figura de
la ex presidenta –también a otras actoras políticas-, estigmatizándola,
prejuzgando e incitando la violencia y el hostigamiento, no sólo a través de discursos
sino también a través de imágenes que la denigran en su figura personal y su
círculo familiar. Puede ser ejercida por otros agentes políticos, representantes, familiares y personas desconocidas, votantes, opositores políticos y miembros de partidos
políticos, medios de comunicación, periodistas y comunidades, tanto en Internet como fuera de él y en la vida pública o
privada.
El límite se encuentra en el andamiaje jurídico, no solo a nivel local también en niveles internacionales, que permite avanzar en la prevención, atención y sanción de la violencia y el acoso contra las mujeres en el ámbito político. Un amplio marco normativo basado en los derechos humanos demuestra el compromiso de la comunidad internacional de promover y proteger los derechos de las mujeres a participar en cargos políticos y públicos y a vivir una vida libre de violencia. Los Estados, incluida Argentina, tienen la obligación de promover y proteger los derechos humanos universales y las libertades fundamentales.
Las instituciones democráticas,
como nuestro país, se robustecen por la libertad de expresión, pero también por el reconocimiento
a los derechos humanos incorporados en
nuestra Constitución Nacional y los instrumentos internacionales que rigen en
nuestro derecho interno. En tal sentido, cuando existe un gran componente discriminatorio debería ser el límite a la libertad de expresión bajo
convicciones de que el discurso de odio debería ser jurídicamente
desaprobado.
La violencia política contra la mujer está reconocida a nivel internacional como una
violación de los derechos políticos de las
mujeres y como uno de los principales
obstáculos a la representación política de las mujeres. Los diferentes informes para
prevenir la violencia contra las mujeres en la política, realizado por las Naciones
Unidas tienden a fomentar la toma de decisiones, de forma plena y efectiva en la vida
pública, así como la eliminación de la violencia, para lograr la igualdad entre los géneros y el
empoderamiento de todas las mujeres y
las niñas;
conminan a los perpetradores a rendir
cuentas, que se ponga fin a la
impunidad y que los gobiernos, los
órganos legislativos y el sector público —incluidos los órganos judiciales y electorales— promuevan
soluciones institucionales integradas y a largo plazo.
El Objetivo del
Desarrollo Sostenible 5, de la Agenda 2030, enuncia que lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y niñas; poner fin a todas las formas de discriminación
contra mujeres y niñas no es solo un derecho humano básico, sino que
además tiene un efecto multiplicador en todas
las áreas.
La formación de jueces y juezas y otros/as operadores jurídicos puede
ayudar a aumentar la sensibilización sobre la violencia política desde una perspectiva
de género acorde a los estándares
internacionales, robustecería la democracia y eliminaría la impunidad.
* Abogada, especialista en
derecho Penal.
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