“Estos casos demuestran cómo las Empresas Transnacionales (ETN) se
han convertido en una suerte de entidades intocables, en organizaciones descentralizadas, deslocalizadas,
ramificadas en largas cadenas de suministro en las que se diluye la responsabilidad
y se multiplican y diversifican las formas de explotación, relocalización,
evasión y elusión de normas laborales o fiscales. Además, a través de la llamada captura corporativa (las
formas y vías por las que la élite económica controla las decisiones de los
Estados en su propio beneficio) estas empresas están consiguiendo que se
adopten normas que les aseguran derechos específicos (los tratados de comercio
e inversión por ejemplo, y una prueba de
ella es el CETA, aprobado el viernes en el Senado) y que les permiten
eludir las leyes estatales y escapar de la justicia.
Como señalan numerosos
expertos en la materia, y muy particularmente el profesor Juan Hernández
Zubizarreta y el Observatorio de Multinacionales en América Latina (OMAL),
se ha conformado una arquitectura jurídica de la impunidad que actúa como una
armadura casi inquebrantable para blindar a estas entidades. En este
sentido, el caso Chevron/Texaco
sigue siendo uno de los ejemplos más paradigmáticos de cómo una empresa
transnacional puede destrozar una parte de la Amazonía, ser condenada en un
proceso ante la jurisdicción del Estado donde se cometió el delito y escapar
impune del cumplimiento de la sentencia.
¿Es posible poner fin a
esta impunidad? ¿Puede perforarse la armadura jurídica de las transnacionales
para obligarlas a respetar los derechos humanos y
responder ante mecanismos efectivos de recurso y reparación de las víctimas?
Centenares de organizaciones sociales, miles de activistas y un buen número de
países, encabezados por Ecuador, afirman que sí. El lunes 23 de octubre comenzó el tercer grupo de trabajo sobre este
tema en las Naciones Unidas, en el marco de la Resolución 26/9 aprobada en
2014. Esta Resolución estableció el mandato de elaborar un instrumento
jurídicamente vinculante para regular las actividades de las empresas
transnacionales y otras empresas con actividad transnacional en el Derecho
Internacional de los derechos humanos. El borrador de la Resolución fue
redactado por
Ecuador y Sudáfrica y contó con 20
votos a favor, 13 abstenciones, y 14 en contra. Todos los países de la Unión
Europea, así como Japón y Estados Unidos, votaron en contra en 2014. El
objetivo de la misma es la consecución de un Instrumento internacional que
establezca los mecanismos necesarios para conseguir que las actividades de las
empresas transnacionales (y otras empresas con actividad transnacional) respeten los
derechos humanos y que las víctimas de violaciones de los mismos tengan acceso
a la justicia y reciban la reparación adecuada".
/////
Manifestación para exigir la
compensación a las víctimas del desastre de Bhopal (2010).YANN
***
ECONOMÍA: NEGOCIANDO EL FIN DE LA
IMPUNIDAD DE LAS TRANSNACIONALES.
*****
Adoración Guamán.
CTXT.
Rebelión miércoles 8 de noviembre del 2017.
Relato desde dentro de la tercera ronda de
conversaciones en la ONU, para aprobar el Tratado que vincula las
multinacionales con el respeto de los Derechos Humanos.
El
3 de diciembre de 1984 se produjo una fuga de 27 toneladas de gases letales en
la planta de fabricación de pesticidas de la empresa Union Carbide India
Limited, situada en Bhopal (India), que convirtió a la ciudad en una cámara de
gas. Las cifras de muertos y heridos son escalofriantes. Según fuentes del
gobierno del Estado, murieron 5.200 personas y hubo varios miles de heridos,
muchos de los cuales presentan discapacidades parciales permanentes. Otras
investigaciones apuntan a 8.000 víctimas mortales y al menos 150.000 heridos;
la International Campaign for Justice in Bhopal sostiene que
desde aquél momento han muerto por causas relacionadas con la fuga de gas más
de 22.000 personas.
El
24 de abril de 2013 el desplome del Rana Plaza, de ocho plantas, en Daca
(Bangladesh) se saldó con la muerte de 1.129 personas, en su mayoría obreras
textiles de grandes marcas internacionales de moda. El edificio estaba
construido para albergar un centro comercial y no las cinco fábricas de ropa
que alojaba dentro. El uso inadecuado provocó el rápido deterioro de la
infraestructura y las miles de muertes.
La
lista de casos en los que ciertas empresas y dirigentes han obtenido beneficios
con la reducción de medidas de seguridad en la producción o con el
empeoramiento de las condiciones de trabajo -- violando los derechos humanos de
personas y comunidades-- es interminable. En la gran mayoría de ocasiones, los
culpables de estas tragedias no han sido condenados; tampoco ha existido una
efectiva reparación a las víctimas y a sus familiares.
Estos
casos demuestran cómo las Empresas Transnacionales (ETN) se han convertido en
una suerte de entidades intocables, en organizaciones descentralizadas,
deslocalizadas, ramificadas en largas cadenas de suministro en las que se
diluye la responsabilidad y se multiplican y diversifican las formas de
explotación, relocalización, evasión y elusión de normas laborales o fiscales.
Además, a través de la llamada captura corporativa (las formas
y vías por las que la élite económica controla las decisiones de los Estados en
su propio beneficio) estas empresas están consiguiendo que se adopten normas
que les aseguran derechos específicos (los tratados de comercio e inversión por
ejemplo, y una prueba de ella es el CETA, aprobado el viernes en el Senado) y
que les permiten eludir las leyes estatales y escapar de la justicia.
Como
señalan numerosos expertos en la materia, y muy particularmente el profesor
Juan Hernández Zubizarreta y el Observatorio de Multinacionales en América
Latina (OMAL), se ha conformado una arquitectura jurídica de la impunidad que
actúa como una armadura casi inquebrantable para blindar a estas entidades. En
este sentido, el caso Chevron/Texaco sigue siendo uno de los ejemplos más
paradigmáticos de cómo una empresa transnacional puede destrozar una parte
de la Amazonía, ser condenada en un proceso ante la jurisdicción del Estado
donde se cometió el delito y escapar impune del cumplimiento de la sentencia.
¿Es
posible poner fin a esta impunidad? ¿Puede perforarse la armadura jurídica de
las transnacionales para obligarlas a respetar los derechos humanos y responder
ante mecanismos efectivos de recurso y reparación de las víctimas? Centenares
de organizaciones sociales, miles de activistas y un buen número de países,
encabezados por Ecuador, afirman que sí.
El
lunes 23 de octubre comenzó el tercer grupo de trabajo sobre este tema en las
Naciones Unidas, en el marco de la Resolución 26/9 aprobada en 2014. Esta
Resolución estableció el mandato de elaborar un instrumento jurídicamente vinculante
para regular las actividades de las empresas transnacionales y otras empresas
con actividad transnacional en el Derecho Internacional de los derechos
humanos. El borrador de la Resolución fue redactado por Ecuador y Sudáfrica y
contó con 20 votos a favor, 13 abstenciones, y 14 en contra. Todos los países
de la Unión Europea, así como Japón y Estados Unidos, votaron en contra en
2014. El objetivo de la misma es la consecución de un Instrumento internacional
que establezca los mecanismos necesarios para conseguir que las actividades de
las empresas transnacionales (y otras empresas con actividad transnacional)
respeten los derechos humanos y que las víctimas de violaciones de los mismos
tengan acceso a la justicia y reciban la reparación adecuada.
Este
objetivo no es en absoluto novedoso. La necesidad de contar con este
instrumento vinculante para proteger de manera efectiva los derechos humanos
frente a las actividades de las transnacionales y sobrepasar así las normas
basadas en la voluntariedad, y en particular los Principios Rectores de 2011,
ha sido reivindicada desde hace décadas. La Resolución cristaliza así un largo
proceso de movilización y luchas, del trabajo de cientos de organizaciones
sociales y miles de activistas que llevan muchos años peleando por la necesidad
de acabar con la impunidad de las transnacionales y por la defensa de los
derechos humanos. Hoy todo ese esfuerzo se aglutina en coaliciones de
movimientos como son la Treaty Alliance y la Campaña Global, verdaderas almas
del proceso actual, que mantienen la movilización año tras año con la presencia
de centenares de activistas en las reuniones de trabajo en Ginebra.
Las
dos primeras sesiones del Grupo creado por la Resolución 26/9 tuvieron lugar en
2015 y 2016 y se dedicaron a mantener deliberaciones constructivas sobre el
contenido, el alcance, la naturaleza y la forma del futuro instrumento
internacional. Ambas fueron presididas por la ahora Ministra de Asuntos
Exteriores de Ecuador, y entonces embajadora, María Fernanda Espinosa, que
también intervino en la tercera sesión con una contundente defensa de la
necesidad de un tratado para garantizar el fin de la impunidad de las
transnacionales. La tercera reunión, celebrada en octubre de 2017, ha tenido
una importancia fundamental porque se ha debatido sobre un texto con propuestas
concretas preparado por la presidencia del grupo, que sigue encabezando
Ecuador, a efectos de recoger los insumos que conduzcan a la redacción de un
texto ya articulado sobre el cual se centrará la negociación en la próxima
sesión de trabajo de 2018.
La
experiencia de los años anteriores ya daba una idea de que la tarea en esta
ocasión no iba a ser fácil. El proceso de elaboración de este Tratado ha
desatado todas las alarmas, porque su objetivo es evitar que las empresas
transnacionales se beneficien a costa de vulnerar los derechos humanos,
incluidos expresamente los laborales y ambientales.
La
importancia del momento quedaba ratificada por la presencia en el debate de
delegados 101 países y una abrumadora presencia de la sociedad civil. La
dificultad del objetivo se evidenció desde el inicio de los debates, que han
reflejado con claridad la existencia de una oposición frontal entre quienes
consideran innecesaria la aprobación de normas vinculantes para la protección
de las víctimas frente los intereses de las empresas transnacionales y aquellos
que sostienen la necesidad inmediata de poner fin a la impunidad de estas y de
alcanzar la aprobación un instrumento internacional con los objetivos
señalados.
En
un extremo del discurso se han situado actores de fundamental importancia como
la Unión Europea y sus países aliados como Noruega, Australia, México o, en
esta ocasión, Rusia. En el otro, Ecuador ha contado con el apoyo permanente de
Sudáfrica y el conjunto de los países africanos, de numerosos países de
Latinoamérica y Asia, así como de las más de 200 personas acreditadas en
representación de otras tantas entidades y movimientos sociales de hasta 80
países, que han mantenido presente la lucha de las víctimas por la justicia.
Además, el proceso de negociación ha recibido el apoyo de una Declaración de la
Treaty Alliance, firmada por 921 organizaciones, de un llamamiento firmado por
268 parlamentarios de todo el mundo -- en concreto 48 eurodiputados de 5 grupos
políticos distintos--, y de una carta enviada por 28 miembros del Parlamento
Europeo a Jean-Claude Juncker y Federica Mogherini en el momento final de las
negociaciones, exigiendo que la Unión Europea abandonara la postura
obstruccionista.
¿Qué
ocurre con la UE? ¿Por qué no apoya un instrumento que establezca los
mecanismos para que las empresas tengan que respetar los derechos humanos en
sus actividades transnacionales?
Las
razones que ha señalado la UE para justificar su oposición al proceso en su
conjunto así como al contenido del documento son fundamentalmente dos. En primer lugar, afirma que ya existen
normas suficientes y que no es necesario un tratado como el que se propone.
En concreto, la Unión defiende la total suficiencia de los llamados Principios Rectores, adoptados en 2011,
que se basan en la petición a las empresas de un compromiso “político” de respetar los derechos humanos, combinado
con actuaciones de diligencia debida y prevención fundamentadas en su propia
voluntad. Como han puesto de manifiesto numerosos expertos en la materia, y
como demuestra la persistencia de violaciones de derechos humanos cometidas con
impunidad por las transnacionales, se trata de unos principios de carácter
voluntario y totalmente insuficientes, en cuya implementación se está
invirtiendo además un enorme presupuesto y que están siendo utilizados como
excusa para evitar un avance hacia normas vinculantes y efectivas.
En segundo lugar, la UE
considera que el ámbito de aplicación del futuro tratado es inadecuado. La UE afirma
que el tratado debería de abarcar a todas las empresas, incluso a las PyMEs, y no sólo a las empresas con
actividad transnacional. En este caso, se trata de una objeción con una
voluntad más de obstrucción que de convicción. De hecho, existen normas
diferentes sobre la cuestión en la UE y en distintos estados miembros, como
Francia, que limitan su ámbito de aplicación a determinadas empresas de gran
entidad o actividad transnacional. Sin embargo, la UE pretende cambiar sobre la
marcha el mismo objetivo de la Resolución 26/9, que no es otro que establecer
normas adecuadas para acabar con la impunidad que se deriva de la estructura
descentralizada y deslocalizada de las transnacionales y de su capacidad de
movimiento a nivel internacional.
Evidentemente,
estas lagunas jurídicas no existen respecto a las empresas cuya actividad se
desarrolla en el exclusivo ámbito nacional donde, como regla general, las
mismas responden directamente a las obligaciones que establecen los
ordenamientos estatales y su responsabilidad se establece y controla por
jurisdicciones nacionales. La inclusión en el ámbito del nuevo tratado de todas
las entidades empresariales desvirtuaría y haría imposible el cumplimiento del
objetivo del Instrumento. Consciente de esto, la UE ha insistido en cada una de
las sesiones en establecer como condición para entrar a negociar la ampliación
de los debates al tratamiento de todo tipo de empresas, lo que ha provocado una
serie de situaciones de fricción y enfrentamiento, que fueron especialmente graves
en el inicio la sesión de 2017.
El
lunes 23 de octubre, en el comienzo de la tercera sesión, la Unión Europea
bloqueó durante más de dos horas la aprobación del programa de trabajo y el
inicio de los debates por las razones antes explicadas. Las intervenciones de Sudáfrica, Cuba, Brasil, Egipto, Nicaragua,
Bolivia, Argelia, entre otros países, apoyaron a la presidencia del grupo,
ocupada por Guillaume Long, embajador ecuatoriano ante Naciones Unidas, que en
aras del consenso incluso había concedido a la UE la inclusión en el programa
de un espacio para hablar, de nuevo, de los Principios Rectores. En cambio, Noruega, Australia y México apoyaron a la Unión Europea, que
no tuvo suficiente con la concesión y que llegó incluso a acusar a Ecuador, y en particular a Sudáfrica, de romper un compromiso
previo.
En
realidad, como informó la Presidencia
del Grupo, el compromiso lo había alcanzado la UE consigo misma exigiendo
la aceptación total de su propuesta sin ceder nada a cambio. Esta curiosa
noción de compromiso, basada en la aceptación sin condiciones de la propia
postura, ha sido la dinámica mantenida por el representante de la Unión Europea
a lo largo de las negociaciones. Tras un pulso intenso entre la Presidencia y
la UE, con centenares de ONGs y
movimientos en la sala presionando para que la Unión no bloqueara el proceso,
el embajador Long afirmó su voluntad de no ceder ante la exigencia europea,
pidiéndole a la UE un "acto de sabiduría" o, directamente, un paso al
lado. Jérôme Bellion-Jourdan,
negociador por parte de la Unión, aceptó finalmente el programa, pero dejó
claro que a partir de ese momento la UE no lo iba a poner nada fácil. Y así
fue, hasta el punto de hacer peligrar de manera seria la continuidad del
proceso en el momento final del cierre de la sesión de trabajo, el viernes 27
de octubre.
Pero
no adelantemos acontecimientos porque la semana tuvo momentos cuya narración es
importante. Entre el lunes y el jueves se desarrollaron las negociaciones
siguiendo el texto del documento de elementos y a través de 10 paneles con la
participación de expertos, personas afectadas y representantes de
organizaciones diversas, entre los que se había invitado tanto a los sindicatos
como a la Organización Internacional de Empleadores. Merece la pena comentar que
esta organización llegó a afirmar que, en su opinión, es imposible establecer
responsabilidades directas a las empresas respecto a los derechos humanos,
afirmando que este tipo de iniciativas podía acabar con la competitividad y la
inversión extranjera. En sentido contrario, diversas delegaciones y actores de
la sociedad civil recordaron que ya existen normas que reconocen derechos
específicos a las transnacionales, como los tratados de inversión, y que si
están de acuerdo en tener derechos, no deberían rechazar las obligaciones, más
aún cuando está generalmente aceptado que los marcos internacionales de
derechos humanos deben ser respetados por actores públicos y privados.
Además, uno de los
argumentos repetidos fue la necesidad de extender los esfuerzos nacionales,
como por ejemplo las normas del Reino
Unido (Modern Slavery Act), de
California (California Transparency in Supply Chains Act, de 2010) o de Francia (Loi sur le devoir de
vigilance), respeto del establecimiento de responsabilidades a las empresas en
materia de derechos humanos. Un instrumento como el que se propone tendría la
virtud de universalizar esas experiencias nacionales y crear un marco
internacional de igualdad, con mecanismos compartidos, con responsabilidades
comunes y con obligación de colaboración permanente, donde no se puedan evadir
las responsabilidades por la violación de derechos humanos y donde prime el
derecho de las víctimas a protección y reparación.
Los
debates tuvieron momentos particularmente intensos, como la intervención de la eurodiputada Lola Sánchez, que remarcó
que el Parlamento Europeo ha elevado la voz en más de nueve resoluciones e
informes afirmando que la Unión Europea
debe apoyar el proceso hacia el Tratado y que exigió a la representación de la
Unión un comportamiento constructivo en la defensa de los derechos humanos.
Además, durante los debates se trataron cuestiones especialmente discutidas por
estados como Rusia o China y por la
Unión Europea, como la atribución de obligaciones directas a las empresas
concernidas por el instrumento; el establecimiento de obligaciones
extraterritoriales respecto del control y sanción de las actividades de las
empresas que den lugar a violaciones de los derechos humanos; la afirmación de
la prioridad del respeto a los Derechos Humanos frente a los tratados de
comercio e inversión y la inclusión de las entidades financieras dentro del
ámbito del instrumento, etc.
Tal
y como remarcó Ecuador, apoyado por
otros estados, ninguna de las anteriores cuestiones es una novedad jurídica,
dado que existen ya experiencias normativas en el plano internacional que
fueron señaladas y debatidas. Por añadidura, la participación de las víctimas,
tanto desde la sala como en el panel que se dedicó a sus experiencias, fue
fundamental para dejar claro a los estados la magnitud del problema que se
trata y la necesidad de superar los problemas técnicos mediante la clara
voluntad política de proteger los derechos humanos.
Sin
embargo, a medida que se acercaba el fin de la reunión fue quedando claro que el
contenido de lo que se debatía y el sufrimiento de las víctimas no era lo más
importante para algunos de los estados allí presentes que, encabezados por la
UE y sus aliados, tenían el objetivo de bloquear o poner en cuestión la
continuidad del proceso en sí mismo en la sesión de cierre. Y así fue.
Como
regla habitual, las sesiones de trabajo acaban con un informe del contenido de
la sesión, unas conclusiones del Grupo
de trabajo y unas recomendaciones de la Presidencia del Grupo, siempre en
el marco del mandato de la Resolución
26/9. Es importante recordar que este mandato es claro, el Grupo debe
seguir trabajando hasta conseguir la elaboración de un instrumento
jurídicamente vinculante para regular las actividades de las empresas
transnacionales y otras empresas en el Derecho Internacional de los Derechos
Humanos. La Resolución de 2014
enmarcó el que debía debatirse en las tres primeras sesiones y dejó abierto el
contenido a tratar en las siguientes, Sin embargo, esta inconcreción del
procedimiento a seguir a partir de la tercera sesión ha sido la excusa
utilizada por algunos estados, de manera abierta o en la negociación entre
bastidores, para cuestionar la continuidad del grupo y la pertinencia de
convocar la sesión de 2018.
La
actividad diplomática y el cabildeo de la sociedad civil para evitar este
bloqueo alcanzó un nivel febril entre el jueves y el viernes. Por un lado, la
Unión Europea se reunió con las organizaciones sociales para criticar el
proceso y a la Presidencia del grupo y para afirmar su compromiso de seguir “apoyando a las víctimas” con el
desarrollo de los Principios Rectores; por otro lado, Ecuador dejó clara su
total voluntad de seguir adelante con el proceso y de convocar una cuarta
sesión en el 2018, presentando además como contenido para el debate un texto
articulado (un borrador cero) donde se recogería todo lo trabajado hasta el
momento.
Además
de las reuniones públicas, en la negociación se celebraron encuentros
bilaterales donde se buscaron diversas propuestas para intentar el consenso,
fundamentalmente con la UE respecto al informe y las conclusiones finales. La postura de Brasil y de Rusia iba a
ser crucial para decantar la balanza. Mientras, la Unión Europea hizo una exhibición de fuerza, consiguiendo que en la
reunión del viernes estuvieran presentes las delegaciones de 22 de los 28
estados miembros, algo inaudito en el Grupo de trabajo.
Y llegó el viernes.
Una hora antes de la adopción del informe final tuvo lugar una reunión previa
para negociar las conclusiones. En ella, apareció un actor que había estado
totalmente ausente en los trabajos del Grupo y que pidió que estos concluyeran,
afirmando que así el objetivo de la Resolución 26/9 acababa en la tercera
sesión. Evidentemente, este actor fue Estados Unidos. La contestación fue
clara, desde la Secretaría del Consejo
de Derechos Humanos se informó públicamente de que la interpretación
oficial de la Resolución es que los trabajos del Grupo no deben acabar hasta
que se cumpla el mandato, es decir, la consecución del tratado. De esta manera,
quedaba asegurada la continuación de los trabajos, pero la Unión Europea no dio su brazo a torcer y centró sus reticencias en
la cuestión del procedimiento a seguir, cuestionando la posibilidad de convocar
la cuarta sesión en 2018.
El
final fue ciertamente de infarto. Ecuador
se mantuvo en las recomendaciones de la Presidencia y no sólo se comprometió a
la convocatoria de la cuarta reunión de trabajo en 2018, también a presentar el
borrador cero. En una dura negociación, se llegó al acuerdo con la UE de no
mencionar la cuarta reunión en las conclusiones pero tampoco cuestionar el
mandato de la Resolución, indicando que la Presidencia se comprometía a
celebrar reuniones informales con los Estados y partes interesadas para ver
cómo se continuaban los trabajos hacia la consecución del instrumento
vinculante. Quedaba claro que la voluntad de la Presidencia de convocar la
cuarta sesión será el marco en el cual se desarrollarán estas reuniones
informales y que no hay ninguna duda de la continuidad del proceso.
A pesar del compromiso
alcanzado, la presión de la UE, que se negaba a la aprobación por consenso,
continuó hasta el momento final, con un pulso negociador que se cerró cuando la
Presidencia desafió a la UE a manifestar en la sala su oposición al texto de manera
expresa. Ante el pulso directo, la duda de la UE durante varios segundos fue suficiente, el martillazo de la
Presidencia anunciando el consenso puso fin a los trabajos del Grupo y abrió la
puerta a la continuidad de los mismos. El estallido de alegría de los cientos
de representantes de la sociedad civil, las lágrimas de las víctimas y las
caras de alivio e ilusión de los delegados de los países que apoyan a Ecuador
en este proceso iluminaron la sala. Acogiendo las palabras de Gonzalo Berrón, miembro de la Campaña
Global, podemos afirmar que “estamos vivos, sí, pero la lucha va a ser más dura
que nunca”.
No
cabe duda de que va a ser así, la Presidencia del grupo se va a enfrentar a
retos enormes en los meses venideros. La elaboración del borrador cero del
texto articulado y del programa para la cuarta sesión se deberán hacer en un
entorno marcado por la permanente reticencia de la Unión Europea y otros
estados, pero también bajo la mirada atenta, vigilante y alentadora de miles de
personas y organizaciones que son el alma y la fuerza de este proceso.
Esta
sesión de trabajo ha dejado claro a todos los Estados, y en particular a la UE,
que el sujeto protegido por la norma, las víctimas, se ha empoderado y que la
sociedad civil ha desbordado el propio procedimiento, convirtiéndose en
protagonista del proceso e impulsando la continuidad de los trabajos. La
convocatoria de la cuarta sesión es, en sí, un triunfo. Sostener la
movilización y llegar a esta sesión con la presión social y diplomática
suficiente para que los trabajos continúen hasta la consecución de un Instrumento
jurídicamente vinculante que acabe con la impunidad es el reto al que nos
enfrentamos.
*****
ADORACIÓN GUAMÁN asistió a las
reuniones de Ginebra como miembro de la delegación de Ecuador. Es profesora
titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universitat de
València, investigadora del programa Prometeo en Ecuador y autora del
libro El fin de la impunidad. La lucha por un instrumento vinculante
sobre empresas transnacionales y derechos humanosjunto con Gabriel González
(Icaria, 2017).
*****
No hay comentarios:
Publicar un comentario