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“La jurisprudencia de la Corte
Interamericana en materia de violaciones a derechos humanos en
Perú recoge una historia valiosa (Barrios Altos, La Cantuta) que se ha
extendido a todo el continente y ha impregnado positivamente a los diversos tribunales,
incluyendo a los argentinos. Retroceder en ese camino no será posible, por más
que el régimen irregular actual, encabezado por Dina Boluarte, proponga “salir
del sistema interamericano” de derechos humanos, pensando que de ese modo
consolidará las normas irregulares que acaban de promulgarse, y que van en
sintonía con el indulto a Alberto Fujimori: normas que prescriben crímenes que por su naturaleza son imprescriptibles y normas de
amnistía a militares condenados por crímenes graves. Todo esto ha sido
cuestionado por Human Rights Watch y
Amnistía Internacional. Nada de esto
es compatible con una democracia constitucional.
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Imagen: Xinhua.
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PERÚ. SALIR DEL SISTEMA.
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Por Eugenio Raúl Zaffaroni y Guido Leonardo Croxatto
Fuente. Página /12 martes 2 de septiembre del 2025.
La
jurisprudencia de la Corte Interamericana en materia de violaciones a derechos
humanos en Perú recoge una historia valiosa (Barrios Altos, La Cantuta) que se
ha extendido a todo el continente y ha impregnado positivamente a los diversos
tribunales, incluyendo a los argentinos. Retroceder en ese camino no será
posible, por más que el régimen irregular actual, encabezado por Dina Boluarte,
proponga “salir del sistema interamericano” de derechos humanos, pensando que
de ese modo consolidará las normas irregulares que acaban de promulgarse, y que
van en sintonía con el indulto a Alberto Fujimori: normas que prescriben
crímenes que por su naturaleza son imprescriptibles y normas de amnistía a
militares condenados por crímenes graves. Todo esto ha sido cuestionado por Human Rights Watch y Amnistía
Internacional. Nada de esto es compatible con una democracia
constitucional. Tampoco con el
sistema interamericano del que Perú es parte. Ahora su régimen propone
“salir del sistema”. Pero esa “salida”, respaldada por “constitucionalistas”
locales, no operará ningún rol respecto de lo que sucede ahora. La salida solo
funciona para lo que suceda eventualmente después de concretada. Es decir, que
no “garantizara” impunidad, que al parecer es lo único que se busca.
Hoy Perú atraviesa un momento institucional y social crítico sobre el que es menester volver a llamar la atención. Por diversos motivos, entre los cuales el racismo es uno, la detención y vacancia arbitraria de un presidente legítimo (primer presidente rural de la historia) no despierta mucho interés, tampoco en una parte del progresismo (no en toda, por suerte). Pero como abogados nuestra tarea no es aportar un análisis político sino jurídico de lo que sucede en el hermano país. Un magistrado constitucional que votó en disidencia, otorgando la razón a un amparo de Castillo, sostuvo que, si bien éste fue “vacado violando los procedimientos constitucionales”, como sostiene la defensa, el daño cometido “es irreparable”.
No
es así. El “daño” cometido es reparable (y debe ser reparado): se puede
volver a realizar un juicio político a Castillo, pero esta vez sí, conforme
a Derecho. Los procedimientos no pueden ser inválidos jurídicamente. No se
pueden saltear. Se trata de la
representación política de todo un país. Ni más ni menos. “Irreparable” es
el daño que quedará para la democracia
del Perú si este daño a los derechos políticos no se “repara”. Y no alcanza
con nuevas elecciones. Tampoco si las
gana Castillo, como Lula o el MAS en
Bolivia. Aun así: el Derecho debe decir algo concreto de la vacancia
inconstitucional de un presidente. No puede permanecer callado.
La defensa no sostiene que no lo pueden vacar o destituir a Castillo, solo sostiene una cosa: que, si lo quieren hacer, (y por supuesto lo pueden hacer), no lo deben hacer de cualquier manera, sino con apego estricto a la ley. Con respeto a las formas y requisitos constitucionales. No pasando por encima de ellos, que es lo que sucedió hasta aquí. No con menos votos del piso mínimo indicado en forma expresa en los reglamentos.
Por
eso le hemos propuesto, para el proceso penal, un juicio de ruptura. Porque al ser un presidente mal destituido o mal vacado, no corresponde un proceso penal. El juicio es nulo, como la vacancia. La única forma de “reparar”
institucionalmente este proceso, podemos responder al estimado Andrés Tapia, evitando que Perú incurra en responsabilidad internacional (que reconocen como
posible, por eso quieren salir rápido
del sistema interamericano, por temor a una condena en el caso Castillo, presidente mal vacado) es
garantizando a Castillo un juicio
político justo, conforme a Derecho. Con los votos mínimos que manda la ley. No
con menos votos. No con 101. Sino con 104. Si no alcanzan los votos mínimos que manda la ley, no
pueden (o no
podían) vacar a un presidente. O esa
vacancia, de la que no existe ni
siquiera moción formal, carece de validez
jurídica. Es inconstitucional. No es un asunto menor. Y sí debe ser “reparado”. No alcanza con
reconocerlo “formalmente”. Porque el
presidente legítimo sigue preso. Y
el policía que lo detuvo reconoció en
una audiencia judicial reciente que “no sabía” si ya habían “vacado o no” a
Castillo
cuando lo detuvieron. Una democracia
no funciona así. La policía no
detiene presidentes. Se parece más
bien a un golpe de Estado, como el padecido
por Manuel Zelaya en Honduras o el intento
contra Lula en Brasil. Debemos volver
a llamar la atención sobre esto. Los “tecnicismos” procesales (las
garantías) edifican un estado de derecho.
Por eso figuran en la constitución.
Abandonar el
sistema interamericano de derechos humanos no es una novedad para el Perú.
Fujimori también lo hizo, cuando buscaba la impunidad de sus delitos. La
historia se repite. El sistema
interamericano ya se ha pronunciado en contra de la normativa reciente de auto amnistías
generalizadas.
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