“Este año, en el que la OIT ha celebrado su
centenario, era una oportunidad única para recordar que los derechos de los trabajadores son sistemáticamente violados en muchas partes del
mundo. De hecho, algunos Estados hacen
letra muerta de los convenios y recomendaciones de la OIT. Incluso en
países que los han ratificado, sin olvidar que la OIT se enfrenta a la uberización del
mundo del trabajo, una nueva economía basada en un sistema salvaje de
derechos de los trabajadores. Pero, en nuestros días, el trabajo se ha
convertido para centenares de millones de personas en un bien escaso;
un sufrimiento o un peligro para aquellos que tienen “la suerte” de trabajar”.
“Sin embargo, después de un siglo, el
derecho al trabajo (relaciones y condiciones de
trabajo) está codificado y las políticas laborales se elaboran en el seno de la
OIT. Ciertamente, sus reglamentos
han hecho posible una cierta mejora de las condiciones laborales en ciertas
regiones del mundo, en particular en Europa durante el período siguiente a la II Guerra. Pero hay que constatar
que ni esa región del mundo escapa
ya a los problemas citados y que sus
países se encuentran en plena regresión en estos temas Es necesario buscar el origen de todos estos problemas en la
organización de la producción y la orientación de las políticas económicas.
Además, tres decenios de política
neoliberal, aplicada a nivel planetario y la llamada mundialización, han exacerbado las crisis".
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CARTA DE GINEBRA: La declaración del Centenario de la
OIT y los derechos maltrechos de los trabajadores. Nunca han coexistido tantas normas, instituciones, autoridades
encargadas de proteger la dignidad humana de los trabajadores a lo largo y
ancho del planeta. Y sigue siendo una de las paradojas más desafiantes de
nuestro tiempo la contradicción entre el bienintencionado discurso sobre los
derechos laborales que producen las instituciones internacionales y los Estados
nacionales y la desdichada realidad que prevalece en la mayoría de los países.
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LA DECLARACIÓN DEL CENTENARIO DE LA OIT Y LOS DERECHOS MALTRECHOS DE LOS
TRABAJADORES.
*****
Eduardo
Camín.
ALAI.
América Latina en Movimiento.
Viernes
21 de agosto del 2019.
Nunca
han coexistido tantas normas, instituciones, autoridades encargadas de proteger
la dignidad humana de los trabajadores a lo largo y ancho del planeta. Y sigue
siendo una de las paradojas más desafiantes de nuestro tiempo la contradicción
entre el bienintencionado discurso sobre los derechos laborales que producen
las instituciones internacionales y los Estados nacionales y la desdichada
realidad que prevalece en la mayoría de los países.
El pasado 8 de
agosto se dio a conocer públicamente la declaración del Centenario de la
Organización Internacional del Trabajo (OIT) para el futuro del trabajo
adoptado por la conferencia en su centésimo octava reunión, en Ginebra el 21 de
junio de 2019.
Como único organismo tripartito de las Naciones Unidas, la OIT
esta reúne a representantes de
gobiernos, empleadores y trabajadores de 187 Estados Miembros para
establecer normas internacionales,
elaborar políticas y diseñar programas para promover el trabajo decente.
En estos documentos no se dan directivas precisas, son una serie de
recomendaciones, plenas de buenas intenciones, pero no que necesariamente
presupongan que la OIT es competente
en materia de política económica y financiera internacional.
Asimismo, en el primer periodo de sesiones del Comité Preparatorio sobre
la festividad del centenario de la (OIT), la Comisión Mundial sobre el Futuro
del Trabajo, anunció desarrollar su enfoque del futuro del trabajo
centrado en las personas, tomando en consideración las profundas
transformaciones en el mundo del trabajo.
Resaltando que el diálogo social (la conciliación de clases),
incluida la negociación colectiva y la cooperación tripartita, es un fundamento
esencial de todas las actividades de la OIT
y contribuye al éxito de la elaboración de políticas y la toma de
decisiones en sus miembros.
En realidad,
se ha redactado este documento que publicamos parcialmente en consonancia con
el espíritu de la Declaración de
Filadelfia según el cual “incumbe” a la OIT examinar y considerar cualquier
programa o medida internacional de carácter
económico o financiero con arreglo al objetivo fundamental de la justicia
social.
La necesidad de actuar.
Este año, en el que la OIT ha celebrado su centenario,
era una oportunidad única para recordar que los derechos de los trabajadores
son sistemáticamente violados en muchas partes del mundo. De hecho, algunos Estados hacen letra muerta de los convenios y
recomendaciones de la OIT. Incluso en países que los han ratificado, sin
olvidar que la OIT se enfrenta a la uberización del mundo del trabajo, una nueva
economía basada en un sistema salvaje de derechos de los trabajadores.
Pero, en
nuestros días, el trabajo se ha convertido para centenares de millones de
personas en un bien escaso; un sufrimiento o un peligro para
aquellos que tienen “la suerte” de
trabajar.
Sin embargo, después de un siglo, el derecho al trabajo
(relaciones y condiciones de trabajo) está codificado y las políticas laborales
se elaboran en el seno de la OIT.
Ciertamente, sus reglamentos han hecho posible una cierta mejora de las
condiciones laborales en ciertas regiones del mundo, en particular en Europa
durante el período siguiente a la II
Guerra.
Pero hay que
constatar que ni esa región del mundo
escapa ya a los problemas citados y que sus países se encuentran en plena regresión en estos temas
Es necesario
buscar el origen de todos estos
problemas en la organización de la producción y la orientación de las
políticas económicas. Además, tres decenios de política neoliberal, aplicada a nivel planetario y la llamada mundialización,
han exacerbado las crisis.
Al poner a
competir no sólo a los trabajadores
sino también a los Estados entre
ellos, y al excluir aún más la economía
del campo político, esta mundialización neoliberal ha
provocado una regresión en las legislaciones que regulan las relaciones de
trabajo y ha debilitado aún más al ya desorientado movimiento sindical.
En este
contexto, si bien el derecho laboral es
conocido por todo el mundo, el derecho al trabajo no lo es tanto. Por
supuesto, la reglamentación de las relaciones de trabajo es extremadamente
importante, pero hay que gozar previamente de un empleo del que poder
beneficiarse, algo nada fácil hoy en día.
El derecho al trabajo, que es reconocido a nivel internacional y
en la mayor parte de las legislaciones, responde a esta condición previa. Como derecho humano que es, aporta al
tratamiento de estas cuestiones una dimensión que rara vez se pone por delante
y no es tenido en cuenta en la elaboración de las políticas y las estrategias
de lucha contra el desempleo y el subempleo.
En todo el mundo, los derechos de los trabajadores están disminuyendo
gradualmente. Más que nunca, es esencial luchar para garantizar
que todos los que trabajan -en cualquier lugar del mundo- puedan hacerlo con
dignidad, al tiempo que reciban un salario decente.
El trabajo es esencial para todas las personas en la organización de la
sociedad actual. Contribuye no sólo a la formación de los individuos,
sino que también es necesaria para que cada uno pueda hacer frente a sus
necesidades y a las de su familia,
entablar y mantener vínculos sociales y cumplir con sus deberes para con la
sociedad.
¿Qué clase de trabajador requiere nuestra sociedad para poder funcionar
bien? Las clases dominantes ya lo tienen claro. En realidad,
se necesitan hombres que cooperen dócilmente en grupos numerosos con salarios
paupérrimos, que deseen consumir más y más y cuyos gustos estén estandarizados
y puedan ser influidos fácilmente.
Es decir, hacer lo previsto por el sistema.
Anexo: La declaración del Centenario
LA CONFERENCIA DECLARA QUE:
i) asegurar una transición justa a un futuro del trabajo que contribuya al desarrollo
sostenible en sus dimensiones económica, social y ambiental;
ii) aprovechar todo el potencial del progreso tecnológico y el crecimiento de la productividad, inclusive
mediante el diálogo social, para lograr trabajo decente y desarrollo sostenible
y asegurar así la dignidad, la realización personal y una distribución
equitativa de los beneficios para todos;
iii) promover la adquisición de competencias, habilidades y
calificaciones para todos los
trabajadores a lo largo de la vida laboral como responsabilidad compartida
entre los gobiernos y los interlocutores sociales a fin de:
— subsanar los déficits de competencias existentes y previstos;
— prestar especial atención a asegurar que los sistemas educativos y de
formación respondan a las necesidades del mercado de trabajo, teniendo en
cuenta la evolución del trabajo, y
— mejorar la capacidad de los trabajadores de aprovechar las
oportunidades de trabajo decente;
iv) formular políticas eficaces destinadas a crear empleo pleno,
productivo y libremente elegido y oportunidades de trabajo decente para todos y
en particular facilitar la transición de la educación y la formación al
trabajo, poniendo énfasis en la integración efectiva de los jóvenes en el mundo
del trabajo;
v) fomentar medidas que ayuden a los trabajadores de edad a ampliar sus
opciones, optimizando sus oportunidades de trabajar en condiciones buenas,
productivas y saludables hasta la jubilación, y permitir un envejecimiento
activo;
vi) promover los derechos de los trabajadores como elemento clave para
alcanzar un crecimiento inclusivo y sostenible, prestando especial atención a
la libertad de asociación y la libertad sindical y al reconocimiento efectivo
del derecho de negociación colectiva como derechos habilitantes;
vii) lograr la igualdad de género en el trabajo mediante un programa
transformador, evaluando periódicamente los progresos realizados, que:
— asegure la igualdad de oportunidades, la participación equitativa y
la igualdad de trato, incluida la igualdad de remuneración entre mujeres y
hombres por un trabajo de igual valor;
— posibilite una repartición más equilibrada de las responsabilidades
familiares;
— permita una mejor conciliación de la vida profesional y la vida
privada, de modo que los trabajadores y los empleadores
acuerden soluciones, inclusive en relación con el tiempo de trabajo, que tengan
en cuentan sus necesidades y beneficios respectivos, y
— promueva la inversión en la economía del cuidado;
viii) asegurar la igualdad de oportunidades y de trato en
el mundo del trabajo para las personas con discapacidad, así como para otras
personas en situación de vulnerabilidad;
ix) apoyar el papel del sector privado como fuente principal de
crecimiento económico y creación de empleo promoviendo
un entorno favorable a la iniciativa empresarial y las empresas sostenibles, en
particular las microempresas y pequeñas y medianas empresas, así como las
cooperativas y la economía social y
solidaria, a fin de generar trabajo decente, empleo productivo y mejores
niveles de vida para todos;
x) apoyar el papel del sector público como empleador relevante y
proveedor de servicios públicos de calidad;
xi) fortalecer la administración y la inspección del trabajo;
xii) asegurar que las modalidades de trabajo y los modelos empresariales
y de producción en sus diversas formas, también en
las cadenas nacionales y mundiales de suministro, potencien las oportunidades
para el progreso social y económico, posibiliten el trabajo decente y propicien
el empleo pleno, productivo y libremente elegido;
xiii) erradicar el trabajo forzoso y el trabajo infantil, promover el
trabajo decente para todos y fomentar la cooperación transfronteriza,
inclusive en áreas o sectores de alta integración internacional;
xiv) promover la transición de la economía informal a la economía
formal, prestando la debida atención a las zonas rurales;
xv) adoptar y ampliar sistemas de protección social que sean adecuados y
sostenibles y estén adaptados a la evolución del mundo del trabajo;
xvi) profundizar e intensificar su labor sobre migración laboral
internacional en respuesta a las necesidades de los mandantes y
asumir una función de liderazgo en materia de trabajo decente en la migración
laboral, y
xvii) intensificar la participación y cooperación en el sistema
multilateral a fin de reforzar la coherencia de las políticas, en
consonancia con el reconocimiento de que:
— el trabajo decente es clave para el desarrollo sostenible, así como
para reducir la desigualdad de ingresos y acabar con la pobreza,
prestando especial atención a las zonas afectadas por conflictos, desastres y
otras emergencias humanitarias, y
— en un contexto de globalización, la no adopción por un país de
condiciones de trabajo humanas constituiría más que nunca un
obstáculo al progreso en todos los demás países.
-EDUARDO CAMÍN es analista
uruguayo acreditado en ONU-Ginebra, asociado al Centro Latinoamericano de
Análisis Estratégico (CLAE, www.estrategia.la)
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