CHILE
EL DERECHO AL AGUA. OTRA VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS.
Mariana Zegers.
Santiago. Viernes 14 de julio del 2017.
Solo
dos países realizaron privatizaciones radicales del AGUA
potable y Alcantarillado y siguen vigentes. Inglaterra
y Chile. Estos procesos fueron implementados a finales de los 80. En
ambos casos tuvieron la influencia - imposición - de la Escuela de Economía de Chicago, liderada por el premio nobel de
Economía (1976) Milton Friedman, padre del
actual neoliberalismo.
El
derecho al agua concierne a una serie de derechos que el sistema internacional
resguarda y que el Estado de Chile se ha comprometido a
cumplir. Cuando se refiere a la libre determinación de los pueblos; al derecho
de escoger su sistema económico, político y social. Cuando
se reitera el derecho a una vida digna:
“toda
persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su
familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la
vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios” (Declaración Universal de Derechos Humanos).
Sin
agua no hay salud, no hay servicios sanitarios; sin agua la agricultura
decrece y con ello la alimentación. El agua
es condición para la existencia de vida en nuestro planeta.
Los informes del Comité de Derechos Humanos de las
Naciones Unidas han sido categóricos
al señalar que existe una denegación generalizada del derecho al agua, a nivel mundial. Hay más de mil millones de personas que carecen de
un suministro suficiente de agua y miles de
millones que no tienen acceso adecuado a servicios de higiene y saneamiento:
“La
polución incesante, el continuo deterioro de los recursos hídricos y su
distribución desigual están agravando la pobreza ya existente. Los Estados
Partes deben adoptar medidas eficaces para hacer efectivo el derecho al agua
sin discriminación alguna, como se establece en la presente observación
general”.
Nuestra legislación actual
establece en su Código de
aguas de 1981 que
“las
aguas son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares el
derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a las disposiciones
del presente código”. Este derecho de aprovechamiento,
nos dice la ley, “es un derecho real que recae sobre las aguas y
consiste en el uso y goce de ellas”; uso y goce que implica un derecho perpetuo.
Luego,
existen dos tipos de derechos de aprovechamiento: consuntivos, aquellos
que facultan a su titular para consumir las aguas totalmente; y no
consuntivos, los que permiten emplear el agua
sin consumirla y obligan a restituirla, a devolverla a su cauce.
Según investigaciones de CIPER,
al 2012, el 90% de los derechos de aprovechamientos de aguas consuntivas,
de las que no devuelven el agua utilizada,
está en poder de empresas mineras y agroexportadoras, mientras que casi el 100% de los derechos no consuntivos, que sí
devuelven el agua a su caudal, pertenece
a transnacionales como ENDESA. Esto último, gracias a la privatización
de las empresas sanitarias, iniciada por Eduardo Frei Ruiz Tagle.
Crimen Social y sigue vigente. Privatización del AGUA, Junto a Inglaterra los dos únicos países del mundo donde se privatizó el AGUA como servicio público.
***
Habiendo presentado
el desolador panorama de Chile, la paradoja, salta a la vista: ¿puede
el agua ser un bien nacional de uso público cuyo dominio pertenece a
la nación entera y, al mismo tiempo, patrimonio privado de sus dueños? ¿Un
bien nacional de uso público como el agua puede constituir un bien privado
a perpetuidad? ¿No es el derecho al agua, como el resto de los derechos
humanos, inalienable e imprescriptible? ¿Estamos situando el derecho a
la propiedad privada delante de derechos primordiales, como el derecho a la
salud, a la vida o a vivir en un ambiente libre de contaminación?
A fines de noviembre
de 2016 la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía del Senado
despachó el proyecto de reforma de ley
constitucional sobre derechos de agua, uno
de los supuestos cambios estructurales a los que se comprometió este
Gobierno. Este proyecto buscaba, en primera instancia, limitar el
aprovechamiento del agua en función del interés público, modificando su
dominio de propiedad a concesión. Ello significa que se otorgaría un
carácter temporal a los derechos cedidos a particulares, por 30 años,
prorrogable, salvo que la Dirección General de Aguas confirme el no uso
efectivo del recurso.
De igual
forma, se buscó limitar su uso en situaciones particulares, como en épocas de
sequía; determinar causales de
caducidad, fortalecer la intervención del Estado sobre las cuencas y
cambiar el sistema de pago de patente por no uso. La reforma al Código
de Aguas que fue tramitada en la Cámara Baja pretendió que la
definición legal de agua como un bien de interés público y de uso nacional
prevaleciera ante su explotación en manos de empresas privadas, priorizando el
consumo humano y de las comunidades. Asimismo, se prohibía la constitución
de derechos de aprovechamiento de aguas en áreas protegidas declaradas Parques
Nacionales y Reservas de Región Virgen.
Pero después de un exitoso lobby, después de un gran despliegue de
los gremios empresariales, el poder Ejecutivo introdujo 27
indicaciones a este proyecto, que lo moderan aún más. Una de las que generó
mayor rechazo es el reemplazo de la frase “otorgar a los particulares
concesiones” –modalidad bajo la que serán entregados los nuevos títulos
de agua por un plazo de 30 años– por “constituir derechos de
aprovechamiento”. Otra indicación eliminó la modificación que obligaba a
las empresas del rubro minero a pedir autorización para el uso de las
aguas encontradas en el área de su operación. También se eliminó una
de las transformaciones más rechazadas por los gremios agrícola, minero e
hidroeléctrico: la de establecer caudales ecológicos mínimos “en
áreas en que exista un ecosistema amenazado, degradado o un sitio prioritario en el que la fuente
superficial puede sufrir grave deterioro o esté siendo afectada” (Fuente Reportaje CIPER).
No es de
extrañar que los privados, principalmente los grandes empresarios del sector
agrícola, minero e hidroeléctrico, hayan
rechazado de manera enfática estas propuestas, acusando intención de expropiar
los derechos ya entregados. Lamentablemente, la reforma al código de
agua no es ambiciosa y no transforma el estado actual de la situación de
los derechos del agua en nuestro país, pues los derechos ya cedidos
permanecerán en poder de sus dueños. El Estado,
servil a sus amos, asegura la propiedad privada sobre el agua; por lo que estamos frente a una reforma calificada
por empresarios de expropiatoria, sin fundamento alguno.
El agua es un recurso
limitado e indispensable. El agua es un bien de primera
necesidad y en Chile se
encuentra en manos de grandes empresas privadas.
Escuchemos lo que la sociedad civil organizada tiene
que decir. En este sentido, cabe destacar la labor del Movimiento
Social por el Agua y la Vida y el Movimiento de
Defensa por el acceso al Agua, la Tierra y la protección del Medio ambiente. Escuchemos
también las recomendaciones de los organismos nacionales e internacionales de
derechos humanos. Y no seamos ingenuos, que, amparados en la sagrada
garantía constitucional del derecho de propiedad, los
dueños del agua de Chile defenderán a toda costa su patrimonio, en especial al
ser este un bien más preciado, por imprescindible, que el oro.
/////
NUEVA CONSTITUCIÓN. Se redactará en una hoja en blanco con tinta invisible.Y muchos esperan que allí se escriban Nuevos Derechos de acceso a la Salud, Educación y protección social.
***
CHILE. AGUA,
¿ANTICIPO DE NUEVA CONSTITUCIÓN?
*****
Felipe Portales.
Rebelión sábado 18 de enero del 2020.
El increíble
“rechazo” del proyecto de Reforma Constitucional destinado a convertir el agua
en bien nacional de uso público (algo común
en los países civilizados) no puede ser más ominoso, teniendo en perspectiva
los restrictivos marcos dentro de los cuales podrá aprobarse una nueva
constitución. En efecto, el proyecto fue rechazado en el Senado pese a
que ¡24 senadores votaron en su favor y 12 en contra! Como el quorum
para ser aprobado es el tristemente célebre 2/3 de los senadores en
ejercicio, es decir, 29 (aquellos son 43); el trascendental proyecto
fue rechazado.
Y nuevamente estaremos frente al restrictivo y antidemocrático quorum de 2/3 en la aprobación de la nueva constitución, en la futura asamblea constituyente, sea cualquiera el nombre y la forma de integración que finalmente adopte. Antidemocrático, puesto que el elemento esencial de la democracia es que constituye el gobierno de las mayorías; y no impedido por las minorías, como en este caso lo haría el tercio (la derecha, dada su histórica votación) con su poder de veto.
Además, es fundamental tener en cuenta que este quórum de dos tercios no “cayó del cielo”. Fue un producto de la Constitución del 80 que, como todos ya lo reconocen, se impuso antidemocráticamente a través de la dictadura cívico-militar que sufrimos durante casi 17 años. Los dos tercios se idearon para que una vez en “democracia” (ya que el sistema heredado de la dictadura cumplía solo formalmente con los requisitos para cumplir tal denominación) le fuera virtualmente imposible a la inminente mayoría opositora poder reformar la Constitución sin el acuerdo de la derecha minoritaria que en definitiva –a través del poder dictatorial- la había impuesto.
Y nuevamente estaremos frente al restrictivo y antidemocrático quorum de 2/3 en la aprobación de la nueva constitución, en la futura asamblea constituyente, sea cualquiera el nombre y la forma de integración que finalmente adopte. Antidemocrático, puesto que el elemento esencial de la democracia es que constituye el gobierno de las mayorías; y no impedido por las minorías, como en este caso lo haría el tercio (la derecha, dada su histórica votación) con su poder de veto.
Además, es fundamental tener en cuenta que este quórum de dos tercios no “cayó del cielo”. Fue un producto de la Constitución del 80 que, como todos ya lo reconocen, se impuso antidemocráticamente a través de la dictadura cívico-militar que sufrimos durante casi 17 años. Los dos tercios se idearon para que una vez en “democracia” (ya que el sistema heredado de la dictadura cumplía solo formalmente con los requisitos para cumplir tal denominación) le fuera virtualmente imposible a la inminente mayoría opositora poder reformar la Constitución sin el acuerdo de la derecha minoritaria que en definitiva –a través del poder dictatorial- la había impuesto.
Recordemos
que aquello fue ideado por el maquiavélico “cerebro” de la Constitución del 80, el ideólogo Jaime Guzmán, quien en 1979
señaló:
“En vez de gobernar para hacer, en mayor o menor
medida, lo que los adversarios quieren, resulta preferible contribuir a crear una realidad que reclame
de todo el que gobierne una sujeción a las exigencias propias de ésta. Es
decir, que, si llegan a gobernar los adversarios, se vean constreñidos a
seguir una acción no tan distinta a la que uno mismo anhelaría, porque el
margen de alternativas que la cancha imponga de hecho a quienes juegan en
ella, sea lo suficientemente reducido para hacer extremadamente difícil lo
contrario” (Jaime Guzmán, El
camino político, citado por Edgardo Boeninger, Democracia en Chile.
Lecciones para la Gobernabilidad. Edit. Andrés Bello, 1997; p. 274).
Aunque, por
cierto, ni siquiera Guzmán imaginó que el liderazgo de la Concertación iba a ir mucho más allá de ello y
concordaría con la dictadura en una disminución futura de su propio
poder, a través de la Reforma Constitucional de mediados de 1989, por la
que le regaló a la futura oposición de derecha la mayoría parlamentaria
simple que le aseguraban los Artículos 65 y 68 originales de la Constitución
del 80. En efecto, estos –obviamente pensando en que Pinochet ganaría el
plebiscito; y teniendo en cuenta la minoría electoral histórica de la
derecha- le aseguraban al primer gobierno de la Constitución permanente
del 80 la mayoría parlamentaria simple teniendo solamente mayoría
absoluta en una cámara y un tercio en la otra. De este modo, Pinochet habría
tenido mayoría en el Senado por el efecto de los senadores designados;
y habría conseguido de todos modos el tercio de la Cámara de Diputados. Pero
como Pinochet perdió el plebiscito del 88, aquel prospecto iba a favorecer
ahora al seguro gobierno futuro de la Concertación. Este iba a tener una
mayoría segura en diputados y alcanzaría a tener también, con toda
seguridad, el tercio del Senado; ya que el Senado original se
componía de 35 senadores: 26 electos (dos por cada región de ese
entonces) y 9 designados, siendo su tercio 12. Y, al menos, la
Concertación, con total seguridad habría elegido uno por región, esto es,
13.
Solo
dos países realizaron privatizaciones radicales del AGUA
potable y Alcantarillado y siguen vigentes. Inglaterra
y Chile. Estos procesos fueron implementados a finales de los 80. En
ambos casos tuvieron la influencia - imposición - de la Escuela de Economía de Chicago, liderada por el premio nobel de
Economía (1976) Milton Friedman, padre del
actual neoliberalismo.
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Sin embargo,
en la mencionada Reforma concordada a mediados de 1989, ¡la Concertación aceptó la modificación de
lo anterior, elevando los quórums de aprobación de leyes en ambas cámaras a
mayoría absoluta, sin eliminar los senadores designados! Esto es, la Concertación
literalmente regaló a conciencia su
segura mayoría parlamentaria futura… Algo probablemente nunca visto en la
historia de la humanidad. Y lo de “visto” es un decir, puesto
que dicho acuerdo fue completamente desconocido en su momento por el país y,
particularmente, por la base concertacionista que votó confiadamente en
su favor. Debemos recordar que dicha reforma se incluyó en un “paquete” de
54 reformas, las que fueron votadas sin ninguna información y conocimiento
de cada una de ellas, ni menos de sus implicaciones. ¡Y que todavía,
hasta el día de hoy, casi nadie las conoce en nuestro país!...
Lo que el
lector se preguntará es qué puede explicar aquel acto aparentemente demencial. Y la respuesta la podemos encontrar ocho
años después en el libro -ya citado- escrito por el considerado
principal “arquitecto” de la transición:
el ministro secretario general de la Presidencia de Aylwin
y posterior senador designado: Edgardo Boeninger. Esta es, que el liderazgo
de la Concertación experimentó un giro copernicano hacia la
derecha a fines de la década del 80, giro que la llevó a una “convergencia”
con aquella, “convergencia que políticamente el conglomerado opositor no
estaba en condiciones de reconocer” (Ibid.; p. 369). Por lo tanto, el
regalo de la mayoría parlamentaria le permitiría –como de hecho ocurrió durante
todos los 90- a aquel liderazgo en el gobierno responderles
plausiblemente a sus bases que los compromisos programáticos de la campaña
de Aylwin no podían concretarse debido a que la coalición gubernativa
no disponía de las mayorías parlamentarias para tales efectos. Lo que, por
cierto, no decía ni revelaba (¡hasta el día de hoy!) dicho liderazgo era que no las tenía porque las había
regalado…
Además, el
regalo de la mayoría parlamentaria fue complementado en los 90 con otras políticas -también aparentemente demenciales-
realizadas esta vez desde el gobierno. Se trató de diversas medidas
concretas efectuadas con la finalidad ¡de destruir el conjunto de los medios
escritos afines a la Concertación! De este modo, se mantuvo la
discriminación del avisaje estatal que naturalmente había empleado
Pinochet contra ellos. Además, se agregaron efectivas presiones en contra
del gobierno de Holanda para que no siguiese apoyando financieramente
dichos medios (lo que Pinochet obviamente no pudo hacer); y se
emplearon personeros concertacionistas para comprar algunos de ellos y
luego cerrarlos. Con ello, a fines de los 90, se completó el cierre
definitivo de todos ellos: La Epoca, Fortín Mapocho, Análisis, Apsi y
Hoy, entre otros.
En definitiva, con la destrucción de estos medios –cuyos directores y periodistas no habían experimentado la “convergencia” con la derecha- dicho liderazgo se estaba asegurando de que no iba a sufrir ninguna crítica pública por su derechización neoliberal, ni menos una crítica que vendría de demócratas a toda prueba que habían estado en la primera línea de la lucha contra la dictadura…
En definitiva, con la destrucción de estos medios –cuyos directores y periodistas no habían experimentado la “convergencia” con la derecha- dicho liderazgo se estaba asegurando de que no iba a sufrir ninguna crítica pública por su derechización neoliberal, ni menos una crítica que vendría de demócratas a toda prueba que habían estado en la primera línea de la lucha contra la dictadura…
Con el nuevo regalo que le ha hecho el liderazgo de la ex
Concertación a la derecha del quorum de 2/3 para aprobar una nueva Constitución, aquel está reafirmando en la práctica su voluntad
política de mantener los rasgos esenciales del “modelo chileno”, pese a
la profunda protesta social que ha generado por sus desigualdades, injusticias y abusos. Y, al mismo tiempo, está prefigurando el escenario
para que –al igual que con las reformas de 1989- pueda señalar
que el resultado esencialmente conservador que se obtenga con esa “nueva”
Constitución no va a ser responsabilidad suya, sino de la derecha
que no estuvo dispuesta a avenirse a mayores transformaciones.
Sin embargo,
ahora hay grandes diferencias respecto de los 90: El regalo no va a ser solapado, sino que
será abierto; la concentración comunicacional de los medios
tradicionales será mayor, pero ahora hay una multitud
de medios digitales y, sobre todo, redes
sociales, que relativizan el poder comunicacional de la TV,
radios y diarios; la realidad o el pretexto de las amenazas de los militares
ha desaparecido; y, sobre todo, en los 90 el “modelo chileno”
experimentó sus mejores años de crecimiento económico, el cual “chorreó”
significativamente hacia abajo, mientras que ahora aquel está en franca
declinación y quizá herido de muerte en su credibilidad.
Por lo mismo, el revelador apronte del rechazo de la reforma constitucional destinada a convertir el agua en bien nacional de uso público no podrá ser ocultado eficazmente como lo han hecho los principales medios hegemónicos, y particularmente El Mercurio. Este último, de manera increíble para un asunto de tanta trascendencia, lo “informó” en una pequeña nota de su Cuerpo B “Economía y Negocios” del 9 de enero, ¡en la página B7!, sin siquiera anunciarlo en la primera página de dicho Cuerpo, y mucho menos en la portada principal del diario. En las votaciones de la Asamblea Constituyente estarán los ojos y los oídos de todo el país, por lo que dicho ocultamiento ya no será posible…
Por lo mismo, el revelador apronte del rechazo de la reforma constitucional destinada a convertir el agua en bien nacional de uso público no podrá ser ocultado eficazmente como lo han hecho los principales medios hegemónicos, y particularmente El Mercurio. Este último, de manera increíble para un asunto de tanta trascendencia, lo “informó” en una pequeña nota de su Cuerpo B “Economía y Negocios” del 9 de enero, ¡en la página B7!, sin siquiera anunciarlo en la primera página de dicho Cuerpo, y mucho menos en la portada principal del diario. En las votaciones de la Asamblea Constituyente estarán los ojos y los oídos de todo el país, por lo que dicho ocultamiento ya no será posible…
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